¿Tienes algún proyecto en mente? En MotorStar.es te damos toda la información que necesitas para saber si tu idea es homologable y qué proceso seguir. Te dejo AQUÍ la guía con la información publicada por el Mnisterio de Industria en su versión actualizada a 03/2022, en nuestro artículo te lo resumimos.

¿Son todas las reformas Homologables?

No, hay reformas que se pueden homologar y otras que no.

¿Hay que homologar cualquier modificación o reforma?

No, si la reforma no altera de modo alguno las características de origen.

¿Qué piezas NO puedo homologar?

NO podrás homologar aquellas piezas que no cumplan la normativa en medidas de seguridad. Es decir, Industria establece ciertas normas y límites que no serán homologables. No es posible aumentar el peso del vehículo más de los porcentajes admitidos, no será posible cambiar las medias del coche por encima de los porcentajes admisibles ni tampoco será posible montar piezas que supongan un riesgo para los peatones (defensas de materiales no admitidos, con filos, etc.)

Si leemos detenidamente las explicaciones anteriores vemos que prácticamente TODO tiene un “pero”. Esto se debe a que la intención es reducir las modificaciones de los vehículos al máximo, con intención de mantener la seguridad vial.

¿Qué puedo modificar/sustituir/suprimir sin homologar? ¿Qué tengo que homologar?

  • ELEMENTOS A INSTALAR QUE NO NECESITAN HOMOLOGACIÓN.

Los vehículos cuentan con piezas que no afectan a la estructura, las capacidades técnicas o la seguridad del vehículo de origen, estos elementos NO tienen que ser homologados para tu vehículo, únicamente será necesario que estén homologados para su uso en la comunidad europea.

Los neumáticos con medidas de origen o equivalentes, las radios instaladas en sus fijaciones normalizadas 1 o 2 DIN, los recambios de piezas fabricadas específicamente para tus vehículos como pastillas de freno, líquidos, bombillas que no modifiquen los puntos de luz máximos son algunos de los elementos que pueden sustituirse en el vehículo sin necesidad de homologación.

  • ELEMENTOS A INSTALAR QUE NECESITAN SER HOMOLOGADOS

    Elementos homologados específicos: Se puede instalar en un vehículo elementos que ya estén previamente homologados y tengan su clave. Si la pieza está fabricada para dicho vehículo o es compatible, cumple todas las normativas y el fabricante ha realizado la homologación correspondiente a través de laboratorios, obtendrá su clave de homologación. Con este tipo de elementos las ITV no exigirán más que un certificado de montaje para incluirlo en la ficha técnica. 

Elementos homologados genéricos: Existen piezas que son universales, y por tanto valen para diferentes vehículos, pero no han sido homologadas para un vehículo concreto, estas piezas deben ser homologadas presentando el certificado de montaje, el certificado de conformidad, el certificado de homologación CE del producto o algún proyecto. Será industria quien marque que documento será necesario en cada ocasión siguiendo la guía de la introducción.  

 

Ejemplos: Lunas tintadas, bolas de remolque, neumáticos no equivalentes, elementos adicionales como Snorkels, winchs, ciertos alerones, etc.

Elementos artesanales sin homologación previa: En la mayoría de los casos que consultamos este tipo de artículos se debe a modificaciones más complejas, cuando queremos añadir algún elemento que no tiene una procedencia u origen certificados. Los elementos caseros, los body kits para coches, las suspensiones roscadas que no poseen el distintivo CE, etc. Todas esas modificaciones pueden ser instaladas en nuestros vehículos con salvedades, deben cumplir la normativa de filos cortantes y materiales aceptados, deben cumplir con unos estándares de seguridad mínimos y en su instalación deben cumplir con unas normas  sobre el conjunto del vehículo: Medidas del ancho de vías, altura al suelo, peso total del conjunto, etc.

  • DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LAS HOMOLOGACIONES:

Existen diferentes documentos que se usan en las homologaciones y dependiendo del tipo de reforma serán necesarios o no. Cada reforma tiene a efectos del Ministerio de Industria una relevancia diferente y por tanto solicita los documentos que considera oportuno en cada caso.

Certificado de taller: Este certificado informa de todos los datos identificativos del taller, y de los elementos montados. Estos elementos pueden ser como indicábamos antes homologados previamente para dicho vehículo e incluso artesanales.

Certificado de conformidad: Este certificado lo emite el fabricante, confirmando que la modificación que se solicita es válida para el vehículo y cumple con las claves homologación que se citan en el certificado. Este documento serviría para instalar una pieza oficial posteriormente a su matriculación o incluso cambiar la categoría de vehículo:

Ejemplos: Pasar un vehículo de Mixto adaptable a particular, esto permitiría pasar la ITV de semestral a anual o bianual dependiendo de la antigüedad. Otro ejemplo sería instalar cualquier pieza oficial que nuestro vehículo no trajera de origen, como defensas de acero originales, estriberas, alerones, etc.

Proyecto técnico: Cuando la reforma se considere de importancia requerirá de un proyecto técnico firmado por un ingeniero colegiado que presente dicho proyecto en industria. Dicho documento tendrá el formato y las exigencias requeridas por la guía de la introducción.

Certificado final de obra: El informe certifica que todo el proceso, la fabricación artesanal, los materiales usados han sido llevados a término como se estipula.

  • PROCESO DE HOMOLOGACIÓN

El proceso de homologación es tedioso, lento y en ocasiones caro, pero tenemos que decir que es muy fructífero, sienta genial cuando conduces tu máquina con total seguridad, revisado e instalado por profesionales, y sobre todo, sin esperar MULTAS.

Dependiendo del tipo de reforma habrá pasos que no haya que seguir, pero en el caso más complejo:

1º CONSULTA A UN INGENIERO SI LA MODIFICACIÓN QUE DESEAS ES POSIBLE, ellos se encargarán de informarte sobre los materiales, si es posible, medidas máximas según tu modelo, etc.

2º ADQUISICIÓN/FABRICACIÓN DE LAS PIEZAS, ya sabes que quieres y si es posible hacerlo, cómpra las piezas necesarias, fabrícalas o encarga a alguien que las fabrique para ti.

3º MONTAJE, un taller registrado con clave de industria debe montarlas, firmas y sellar el certificado que te envíe tu ingeniero, ya que dicho certificado debe incluir información que hace referencia al proyecto técnico.

4º ESPERAR QUE EL INGENIERO TE ENVÍE TODA LA DOCUMENTACIÓN CON LAS FOTOGRAFIAS/MEDIDAS QUE NECESITEN. Esta parte es quizá la más complicada, en ocasiones es necesario que se realice un estudio de laboratorio y puede ser necesario que lleves el coche a un ensayo para hacer todas las pruebas necesarias. Esto ocurre en casos de Swaps de motor o modificaciones de frenos, dirección, etc.

5º SOLICITAR CITA PARA HOMOLOGACIÓN Y PRESENTAR DOCUMENTACIÓN. Deberás presentar toda la documentación pertinente. La ITV va a crear tu expediente, hay que esperar que el Ingeniero de la ITV confirme que toda la documentación es correcta, la reforma es viable y cumple a priori con la normativa. SI hay algún error o deficiencia en la documentación harán un requerimiento solicitando aclaraciones, modificación o rechazando por no cumplir alguna normativa.

6º LLEVAR EL COCHE A PASAR LA ITV DE REFORMA. Una vez te informen que la documentación es correcta, te llamarán concertando una cita para revisar que todas las reformas detalladas en la documentación corresponden con la reforma realizada físicamente en el vehículo. Mucho cuidado aquí porque revisan hasta la tornillería de las piezas instaldas.

Si toda la verificación es positiva modificarán la ficha incluyendo las reformas aprobadas. De encontrarse algún error o deficiencia, concederán un plazo para subsanar las deficiencias, el proceso empieza de nuevo prácticamente.

7º SI TODO HA IDO BIEN, DISFRUTA.

 ¿Qué te parece este proceso? ¿has tenido alguna experiencia que puedas compartir?